Laura Cifuentes Franco Laura Cifuentes Franco

Escrito por Lyndon DeVantier, ecólogo coralino independiente. La ley del ecocidio representa un nuevo paradigma que podrá usarse para disuadir de la destrucción de los arrecifes.

Cómo se beneficiarían los arrecifes de coral con La ley deL ecocidio en vigor

Este blog invitado forma parte de una serie que pretende ser un espacio dedicado a los numerosos movimientos/campañas mundiales que se enfrentan a la destrucción de los ecosistemas para que compartan sus historias, relatos y perspectivas.

Este blog invitado fue escrito por Lyndon DeVantier, ecólogo coralino independiente.


Ahora está más que claro que el statu quo económico, político y jurídico está fracasando a la hora de evitar el colapso acelerado de los preciosos y biodiversos arrecifes del mundo. Los repetidos llamamientos a la racionalidad y la buena voluntad de los actores poderosos, que tienen la capacidad de evitar voluntariamente el colapso climático y la muerte asociada de los arrecifes de coral, han sido desoídos. La ley del ecocidio representa un nuevo paradigma que podrá usarse para disuadir de la destrucción de los arrecifes.

El estado de los arrecifes del mundo

La mayor parte del calor provocado por las emisiones de gases de efecto invernadero, además del 25% de CO2, ha sido absorbido por los océanos y, en consecuencia, la temperatura del mar aumenta. Este aumento de la temperatura alimenta las olas de calor marinas, que provocan la enfermedad y la muerte de los arrecifes. Mientras tanto, la contaminación supone una amenaza cada vez mayor para los ecosistemas de los arrecifes, en particular por el plástico derivado de la petroquímica. Se prevé que la producción de plástico se triplique de aquí a 2060 y las empresas responsables, en su mayoría empresas de combustibles fósiles, no tienen intención de "cerrar el grifo".

Decoloración del coral en Samoa Americana, 2015. Foto: The Ocean Agency / Banco de imágenes oceánicas

"El camino al infierno está empedrado de buenas convenciones"

En las últimas décadas, la buena voluntad internacional y el duro trabajo de las negociaciones sobre el clima han dado lugar a algunos tratados históricos con objetivos ambiciosos y admirables para reducir las emisiones y proteger el medio marino. Sin embargo, el comentario de Bert Rölling de que "el camino al infierno está empedrado de buenas convenciones" es pertinente en este contexto, ya que siguen apareciendo pruebas contundentes del incumplimiento de los acuerdos medioambientales por parte de los Estados.

Por ejemplo, el mundo no ha cumplido ni uno solo de los objetivos de Aichi de 2010 para proteger la biodiversidad. Además, el mundo está "muy lejos" de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU, dirigidos a mitigar la pobreza y proteger el medio ambiente. Entre ellos, se encuentra el ODS 14, la protección del medio marino.

Los marcos jurídicos y su aplicación

Pez atrapado en una bolsa de plástico, Indonesia. Foto: Unsplash

En el centro de la falta de adhesión a los objetivos medioambientales está la falta de exigibilidad y los intereses jurídicos contrapuestos en juego. La ratificación en 2023 del tratado multilateral sobre Biodiversidad fuera de las Jurisdicciones Nacionales (BBNJ) en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM) ilustra bien este punto. El tratado BBNJ representó un marco significativamente novedoso en la protección de los ecosistemas de alta mar fuera de las jurisdicciones nacionales y hasta ahora ha sido ratificado por 84 Estados. Pero los tratados sobre zonas como la BBNJ están limitados por otros mecanismos de la CNUDM, como los relativos al transporte marítimo, la pesca, la minería y la resolución de disputas territoriales.

Este choque de intereses contrapuestos es evidente en el caso del archipiélago Spratly, en el Mar de China Meridional, que alberga numerosos sistemas de arrecifes. La perspectiva de una protección multilateral de los arrecifes se ve obstaculizada por el rechazo de China a las reivindicaciones territoriales de varios países, una disputa motivada en gran medida por la rentabilidad de los recursos marinos de la zona y otros factores económicos que impulsan las reivindicaciones territoriales.

El statu quo económico

El fracaso en la consecución de los objetivos climáticos se debe a nuestra obsesión por el crecimiento económico. El crecimiento induce el rebasamiento de límites planetarios como el consumo, los residuos y la población, lo que lo hace fundamentalmente incompatible con los objetivos climáticos existentes. Sin embargo, hasta la fecha, la opinión pública mundial es poco consciente de este hecho y el discurso político mundial apenas lo reconoce.

Mientras tanto, las empresas perjudiciales para el medio ambiente han impulsado la escasa aplicación de la normativa medioambiental. Un puñado de empresas especialmente perjudiciales para el medio ambiente, sobre todo las megacorporaciones de combustibles fósiles que contaminan los océanos, ejercen los grupos de presión más agresivos para proteger sus beneficios, recurriendo al encubrimiento y al engaño para impedir que el público conozca sus daños medioambientales y frenar las iniciativas que regularían esos incidentes. La "paradoja de la contaminación", explica George Monbiot, consiste en que "las empresas más perjudiciales tienen el mayor incentivo para invertir dinero en política... Así que la política, en nuestro sistema impulsado por el dinero, llega a estar dominada por las empresas más perjudiciales".

Los nuevos paradigmas jurídicos

Valdelice Veron, líder guaraní-kaiowá, y la académica y activista medioambiental de fama mundial Vandana Shiva. Foto: Stop Ecocidio Internacional

En los últimos años, se ha acelerado la evolución hacia la Jurisprudencia de la Tierra, un marco jurídico ecocéntrico. En relación con los arrecifes, un ejemplo notable de Jurisprudencia de la Tierra es la iniciativa de la ONU "Hacia una Declaración Universal de los Derechos de los Océanos". También se ha avanzado en la aplicación de la ley mediante el avance de 2100 demandas judiciales nacionales e internacionales relacionadas con el medio ambiente en todo el mundo desde 2017. La utilidad de las demandas judiciales nacionales para proteger los arrecifes quedó ilustrada por el caso presentado contra el Servicio Nacional de Pesca Marina de EE. UU. en virtud de la Ley de Especies en Peligro de EE. UU. por haber fallado en finalizar la protección de las especies de coral.

No obstante, los actores poderosos siguen sin rendir cuentas en gran medida dentro del derecho civil. La compensación económica por daños a los ecosistemas es una noción problemática en sí misma, pero también suele estar incluida dentro de los costes de las empresas.

Además, la cuantía de las indemnizaciones puede ser totalmente inadecuada, al tiempo que las personas que toman las decisiones que destruyen el medio ambiente están protegidas por el velo corporativo.

Ecocidio

Muchos de los defectos del sistema jurídico que he descrito podrían remediarse con una ley del ecocidio. La tipificación del ecocidio como crimen, tanto a escala internacional como nacional, tendría un importante efecto disuasorio para los agentes estatales y empresariales que se planteen aplicar políticas o acciones perjudiciales para el medio ambiente. Los incidentes de contaminación significativa de los arrecifes podrían dar lugar a condenas penales y sanciones económicas realmente proporcionales a la magnitud del daño ecológico.

En la práctica, la definición propuesta de ecocidio como algo que ocurre a "largo plazo" y "durante un periodo de tiempo razonable" podría respaldar su aplicabilidad a la destrucción de arrecifes, dado que la regeneración de los arrecifes lleva décadas y la recuperación total puede incluso "tardar siglos". Además, dar categorías a la vulnerabilidad de los ecosistemas, como la Lista Roja de Ecosistemas de la UICN, podría proporcionar un marco para calcular las condenas y reparaciones a los sistemas de arrecifes vulnerables y sus especies. Y lo que es más importante, los actores del sector de los combustibles fósiles que más contribuyen al calentamiento de los océanos también podrían ser condenados penalmente por participar en el retraso y el engaño climáticos.

Conclusión

El fracaso de la economía del "Todo sigue igual" y de los mecanismos internacionales dominantes de protección del medio ambiente nos han llevado por la senda del colapso de nuestros preciados sistemas de arrecifes. Un nuevo mecanismo jurídico, con aplicación penal, es esencial si queremos cambiar el rumbo de la destrucción. Hasta 50 Estados signatarios del Estatuto de Roma albergan arrecifes de coral y biohermas. La comunidad científica debe ayudar a presionar a esos Estados para que tipifiquen como crimen el ecocidio.

Los científicos pueden unirse a la creciente iniciativa mundial para establecer nuevos delitos autónomos de ecocidio a nivel nacional, regional e internacional aquí: https://stopecocidio.org/ciencia-por-la-ley-del-ecocidio

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Jojo Mehta, cofundadora de Stop Ecocidio Internacional, y Michelle Bender, fundadora y creadora de Ocean Rights, analizan en esta entrada de blog su punto de vista sobre los valores compartidos entre ambas iniciativas para proporcionar una protección más holística y eficaz del medio marino: La Declaración Universal de los Derechos del Océano y la red de Océanos por la Ley del Ecocidio.

LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DE LOS OCÉANOS Y OCÉANOS POR LA LEY DEL ECOCIDIO


Este blog de invitad@s forma parte de una serie que pretende ser un espacio dedicado a los numerosos movimientos/campañas mundiales que se enfrentan a la destrucción de los ecosistemas para que compartan sus historias, relatos y perspectivas.

El cambio de paradigma para conseguir una conexión saludable de las personas con los océanos en esta Década Oceánica de la ONU

Autores: Michelle Bender, Jojo Mehta, Antoinette Vermilye, Dra. Anna von Rebay
Ocean Vision Legal, Stop Ecocidio Internacional, Gallifrey Foundation



Los océanos constituyen el sistema de soporte de la vida del planeta, y el bienestar humano está inseparablemente ligado a la salud, la integridad y el funcionamiento de los océanos. Sin embargo, a pesar de la multitud de leyes y políticas internacionales para proteger y conservar los océanos, la biodiversidad marina sigue disminuyendo [1]. Las leyes medioambientales existentes a menudo no se respetan o se aplican mal, por lo que no evitan la grave contaminación y los daños a los ecosistemas marinos. 

Muchos Estados, así como ONGs, abogados, académicos, científicos, movimientos de base y un número cada vez mayor de voces de los sectores empresarial y financiero se están declarando a favor de marcos jurídicos más sólidos y de la rendición de cuentas. En respuesta a la creciente "crisis medioambiental", han surgido recientemente dos estrategias para proporcionar una protección más holística y eficaz del medio marino: La Declaración Universal de los Derechos del Océano (UDOR, por sus siglas en inglés) y la red de Océanos por la Ley del Ecocidio.

Dado que ambos marcos pretenden remodelar fundamentalmente los valores y principios que subyacen en las tomas las decisiones, Jojo Mehta, cofundadora de Stop Ecocidio Internacional, y Michelle Bender, fundadora y creadora de Ocean Rights (Los Derechos de los Océanos, traducido del inglés), analizan en esta entrada de blog su punto de vista sobre los valores compartidos por ambos marcos.

Los Derechos de la Naturaleza y la Ley del Ecocidio

La forma en que se valoren los océanos está estrechamente vinculada a la forma en que la sociedad gestionará nuestra actividad en el medio marino [2]. La ‘Declaración Universal de los Derechos del Océano’ y ‘Océanos por la Ley del Ecocidio’, son ramificaciones de marcos más amplios denominados los Derechos de la Naturaleza y la Ley del Ecocidio, respectivamente. Ambas son dos vías jurídicas emergentes e innovadoras que persiguen un replanteamiento sistémico de los sistemas jurídicos occidentales utilizando una ética ecocéntrica: reorientar la ética medioambiental lejos de la visión antropocéntrica del mundo (es decir, los seres humanos son percibidos como el centro de la Naturaleza, estando separados de la misma y dominándola), y catalizar una transformación en la forma en que la humanidad se relaciona con la Naturaleza, la valora y la utiliza (es decir, la humanidad como una de las muchas especies interdependientes en todo el ecosistema natural). Aunque este valor fundamental es inherente a ambas campañas, la principal diferencia radica en cómo cada marco logra ese cambio de paradigma.

Los Derechos de la Naturaleza se entienden en sentido amplio como un marco jurídico emergente que reconoce la Naturaleza como sujeto de Derechos con valor intrínseco, y la responsabilidad de la humanidad de ser administradores eficaces en nombre de las generaciones presentes y futuras de toda forma de vida. El mecanismo para reorientar los valores y la ética que subyacen en nuestros sistemas jurídicos reside, por tanto, en la provisión de "Derechos" o "personalidad jurídica" que estructuran la forma de los gobiernos y el contenido (y, por tanto, la aplicación y la eficacia) de la ley [3]. La provisión de "Derechos" permite a la sociedad relacionarse con la Naturaleza como una entidad con valor intrínseco digna de protección en sí misma [4] y no como un recurso para beneficio y utilidad humanos. De hecho, como sujeto de Derechos, el ámbito de protección de la Naturaleza se amplía y la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que esta protección existe incluso en ausencia de la certeza o la evidencia de un riesgo para las personas [5].

Aproximadamente el 5% de las leyes y políticas sobre los Derechos de la Naturaleza son específicas para los océanos, y para colmar esta laguna con una aplicación específica y atención a la realidad supranacional del panorama político de los océanos, está la UDOR. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUHR) esboza normas fundamentales, valores compartidos y principios que aportan coherencia y ayudan al desarrollo y la interpretación de la legislación nacional.

Al igual que la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUHR), el objetivo de la DUOR es esbozar principios fundamentales que sirvan de base a todas las agendas oceánicas basadas en el respeto de los derechos inherentes a los océanos, y en la inseparable relación entre las personas y los océanos. 

Así, la UDOR, un llamamiento a la acción liderado por The Ocean Race, Earth Law Center y el Gobierno de Cabo Verde, es un marco ético que pretende garantizar que la voz, los intereses y las necesidades de los océanos estén representados en la toma de decisiones desde el ámbito internacional al local.

A través de la Fundación Stop Ecocidio, un grupo internacional de expertos independientes acordó en 2021 una definición de Ecocidio que significa "los actos ilícitos o arbitrarios cometidos a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que esos actos causen daños graves que sean extensos y/o duraderos al medio ambiente". El objetivo es introducir el ecocidio como quinto delito del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI).

El reconocimiento jurídico del ‘ecocidio’ como crimen a escala internacional podría contribuir en gran medida a modificar las actitudes y orientar los comportamientos ante las amenazas (graves) que se ciernen sobre el principal sistema de sustento de la vida en la Tierra: los océanos. 

A menudo se piensa en el derecho penal como un marco para castigar, pero el homicidio no es en primer lugar una ley para castigar a los asesinos, sino una ley para impedir que la gente cometa asesinatos. El derecho penal es, en primer lugar, una ley protectora[6]. El mecanismo para reorientar los valores y la ética que subyacen a nuestros sistemas jurídicos reside, por tanto, en el poder moral sustancial e inmediato que se deriva de la penalización de los daños nocivos e irreversibles a la Naturaleza.

Los océanos por la Ley del Ecocidio es una red en rápida expansión de organizaciones, empresas y comunidades que viven y trabajan con el océano, creada por Stop Ecocidio International, que hace un llamamiento a los gobiernos para que apoyen la inclusión del ecocidio en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, y se comprometan positivamente en el creciente debate mundial para que esto se haga realidad. 

El reconocimiento internacional del ecocidio proporcionará un marco muy necesario para proteger la fauna y la flora oceánicas y los ecosistemas marinos de los peores daños. Garantizará que la regulación y la protección de los océanos se tomen mucho más en serio al más alto nivel, impulsando una debida mejor diligencia y estimulando un cambio estratégico positivo.

Principios compartidos

Como se ha reflejado anteriormente, ambos marcos van más allá y son más profundos que su uso inicial de "derechos" y "derecho penal", respectivamente, y remodelan fundamentalmente los valores y principios subyacentes que guían la toma de decisiones. En el contexto de la legislación y la política oceánicas, ambos marcos infunden:

  • Responsabilidad y administración: el reconocimiento de que los océanos tienen límites que deben respetarse y de que la humanidad tiene la responsabilidad y la obligación de proteger y preservar el medio marino en beneficio a largo plazo de toda la vida del planeta.

  • Protección: ampliar y priorizar la salvaguarda de los ecosistemas marinos, arraigada en el valor intrínseco de los océanos, como esencial para el bienestar de toda la vida en la Tierra.

  • Precaución y prevención: cuando existan amenazas de daños graves o irreversibles, la falta de plena incertidumbre científica exigirá la adopción de medidas de precaución y la prevención de los daños a los océanos antes de que se produzcan. En caso de duda, prevalecerá la decisión que mejor garantice los Derechos de la Naturaleza y su preservación, dando preferencia a las alternativas menos perjudiciales (en caso de duda, ponerse del lado de los océanos o "in rubio, in favorem Oceani").

  • Equidad y justicia: un cambio de poder hacia las comunidades y partes interesadas más afectadas por la mala gobernanza y la capacidad de exigir responsabilidades a particulares, gobiernos y empresas por acciones que causen una violación de los Derechos de los océanos o un daño sustancial al medio marino.

​​Las dos caras de la misma moneda

No es necesario que exista una de las dos, los Derechos de la Naturaleza o la Ley del Ecocidio, para que se aplique la otra. No obstante, a menudo se hace referencia a ambos marcos como "dos caras de la misma moneda" o se consideran dos formas distintas de lograr la protección efectiva de la Naturaleza. Al igual que el delito de asesinato (una cara de la moneda) previene las infracciones del derecho a la vida, el Ecocidio (la otra cara) puede ayudar a prevenir las infracciones de los derechos de la Naturaleza. La revisión de un caso relacionado con tiburones en Ecuador demuestra esta analogía en la práctica:

En 2017, un barco chino fue encontrado con más de 6.000 tiburones muertos (o 300 toneladas) en un lugar donde estaban protegidos, en la Reserva Marina de Galápagos [7]. En Ecuador, los Derechos de la Naturaleza fueron reconocidos en la enmienda constitucional de 2008. Además, en la Reserva Marina de Galápagos, se prohíben la pesca industrial, las artes y sistemas de pesca diseñados para capturar tiburones, incluido el aleteo de tiburones, y el artículo 247 del Código Orgánico Integral Penal de Ecuador tipifica el ecocidio, incluidos los delitos contra la biodiversidad, la Naturaleza o Pachamama, y la flora y fauna salvajes [8].

En la Constitución de Ecuador, la Naturaleza, o Pachamama, tiene Derecho a "mantener y regenerar sus ciclos, estructuras, funciones y procesos evolutivos"; tiene derecho a ser restaurada, y esta restauración será aparte de la compensación a las personas; y "el Estado aplicará medidas preventivas y restrictivas sobre las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas y la alteración permanente de los ciclos naturales” (Art. 71-74). De este modo, la Ley del Ecocidio se establece en la Constitución de Ecuador junto con los Derechos de la Naturaleza. En consecuencia, se requiere precaución y prevención para evitar el Ecocidio y la vulneración de los Derechos de la Naturaleza.

En su sentencia, la Corte Suprema ecuatoriana dictaminó que el capitán y la tripulación debían recibir penas de prisión y una multa de 6.137.753,42 dólares, señalando que la Naturaleza, como sujeto de Derechos, tiene derecho a la reparación integral del Delito (debido al Derecho Constitucional), y que la cantidad necesaria como indemnización depende de los daños materiales e inmateriales causados [9]. La Corte también señaló el grave impacto ambiental que la extracción de tiburones tiene en el ecosistema y las importantes funciones que desempeñan como máximos depredadores, al mantener los ecosistemas marinos en buen estado de salud. Como resultado, el ámbito de protección del tiburón se amplió tanto a través del reconocimiento legal como sujeto de Derechos, como a través de la penalización de un Delito contra la Naturaleza, al igual que la violación del Derecho a la Vida está penalizado por ley.

Hacia un cambio de paradigma

Por lo tanto, ni los Derechos de la Naturaleza ni la Ley del Ecocidio pretenden reducir los Derechos Humanos, sino más bien proporcionar una forma de control y equilibrio para mantener la integridad y funcionalidad del Medio Ambiente con el fin de garantizar la realización efectiva de los Derechos Humanos ahora y en el futuro. En el contexto de la gobernanza de los océanos, ambos marcos exigen que la humanidad equilibre respetuosamente la explotación de los océanos con la responsabilidad de preservar su salud.

La comunidad internacional, incluidas las Naciones Unidas, siguen reclamando un cambio transformador que se aleje de las prácticas habituales y han señalado que, para mantener la calidad de vida que los océanos han proporcionado a la humanidad, es necesario un cambio en la forma en que los seres humanos ven, gestionan y utilizan los océanos y los mares [10]. En este tercer año del Decenio de las Naciones Unidas para los Océanos, el cambio de paradigma ya se está produciendo. Los Derechos de la Naturaleza han surgido en casi cuarenta países en forma de enmiendas constitucionales, leyes nacionales, decisiones judiciales, acuerdos de tratados, leyes locales y resoluciones: por ejemplo, en Ecuador, Uganda, México, España, India, Colombia, Panamá, Belice, Nueva Zelanda y Estados Unidos.

Desde 2021, decenas de países están debatiendo una ley del ecocidio. Bélgica está legislando y recientemente se han anunciado proyectos de ley en Brasil, Países Bajos y México. La República de Vanuatu y Ucrania, ambas víctimas de una grave destrucción del medio ambiente (por el cambio climático y los conflictos, respectivamente), son firmes defensoras. El crimen internacional de ecocidio también cuenta con el apoyo de:

Redes de jóvenes, religiosos e indígenas han respaldado la iniciativa, al igual que asambleas de ciudadanos y redes empresariales y de inversión.

Apoyo a las campañas

Las narrativas de “o lo uno o lo otro” son falsas: o proteger los Derechos Humanos o los Derechos de la Naturaleza, y/o promover el crecimiento económico y dañar el Medio Ambiente o cesar el desarrollo económico y proteger el Medio Ambiente. Los Derechos de los Océanos y la Ley del Ecocidio son una solución beneficiosa para todos los seres vivos del planeta.

Únete a ellos hoy mismo:

La Declaración Universal de los Derechos del Océano es una iniciativa internacional liderada por el gobierno de Cabo Verde, The Ocean Race y Earth Law Center, para lograr la aprobación de dicha declaración para 2030, con el objetivo a corto plazo (septiembre de 2023) de introducir un texto en la resolución general de la Asamblea General de las Naciones Unidas de este año sobre "Los Océanos y el Derecho del Mar" [11].

Si tiene alguna pregunta, envíe un correo electrónico a Johan Strid (johan.strid@theoceanrace.com), Michelle Bender (michelle@oceanvisionlegal.com) o Rachel Bustamante (rbustamante@earthlaw.org).

Los océanos por la Ley del Ecocidio es una red cada vez mayor de organizaciones, agentes de cambio y personas influyentes que han unido sus fuerzas para apoyar esta iniciativa que pide a los gobiernos que apoyen la inclusión del ecocidio en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, y que participen positivamente en la creciente conversación mundial para hacer de esto una realidad.

Envíe un correo electrónico a Stop Ecocidio (info@stopecocidio.org) si tiene alguna pregunta.


[1] Índice Planeta Vivo, disponible en: http://www.livingplanetindex.org/projects?main_page_project=BluePlanetReport&home_flag=1

[2] Kai MA Chan y otros, ‘¿Por qué proteger la naturaleza? Repensar los valores y el medio ambiente' (2016) 113 Actas de la Academia Nacional de Ciencias 1462, disponible en: https://pnas.org/doi/full/10.1073/pnas.1525002113

[3] Leif Wenar, ‘Derechos’, Enciclopedia Stanford de Filosofía (2020), disponible en: https://plato.stanford.edu/entries/rights/

[4] Marceau J y Stilt K, ‘Derechos de la Naturaleza, Derechos de los Animales’, 2021, revista jurídica Harvard, disponible en: https://harvardlawreview.org/2021/03/rights-of-nature-rights-of-animals/

[5] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Opinión Consultiva OC- 23/17, 'El medio ambiente y los derechos humanos', solicitada por la República de Colombia, 15 de noviembre de 2017, párrafo 62.

[6] Jojo Mehta, ‘Proteger legalmente la naturaleza: El poder de reconocer el Ecocidio’, 2023, disponible en: https://diem25.org/legally-protecting-nature-the-power-recognising-ecocide/

[7] Carr L et. al, ‘Pesca ilegal de tiburones en la Reserva Marina de Galápagos’, 2013, Marine Policy.

[8] Código Orgánico Integral Penal, 2014, Capítulo 4; CEDENMA, Informe Jurídico sobre Derechos de la Naturaleza en el Contexto de Galápagos, 2016, disponible en: https://ecojurisprudence.org/wp-content/uploads/2022/02/Legal-arguments-for-the-shark-case-in-Ecuador.pdf

[9] Caso Demanda de Ecuador contra el Transporte ilegal de Tiburones en Galápagos, disponible en: https://ecojurisprudence.org/initiatives/illegal-transport-of-sharks-galapagos/

[10] Plataforma de Conocimiento sobre Desarrollo Sostenible, Naciones Unidas, disponible en: https://sustainabledevelopment.un.org/topics/oceanandseas

[11] Las resoluciones ómnibus son más detalladas y largas que las resoluciones ordinarias. Pueden abarcar muchas cuestiones diferentes en un solo documento y proporcionar información más específica sobre un tema concreto. Suelen respaldar los procesos y resoluciones existentes, pero a menudo instan a los Estados o gobiernos a tomar medidas adicionales. Al igual que las Resoluciones, las Resoluciones Ómnibus pueden ser utilizadas por diferentes órganos de la ONU y para una gran variedad de asuntos/temas. Más información en Alana Capell, What is an Omnibus Resolution?, Child Rights Resource Center, disponible en: https://resourcecentre.savethechildren.net/document/what-omnibus-resolution/ Cada año, la Asamblea General adopta una resolución titulada ‘Los océanos y el derecho del mar’.

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Ursula Lopez Moreira Ursula Lopez Moreira

La tercera gran mortandad de peces y otros animales marinos ocurrida en la mayor laguna salada de Europa se ha descrito como un ecocidio: más que constituir un ecocidio en sí, lo que ha sucedido es el resultado de un ecocidio que comenzó su andadura hace décadas. La tragedia ha sido anunciada reiteradamente por los medios y denunciada ante la justicia desde sus inicios, pero ni una cosa ni la otra han impedido que suceda.

ECOCIDIO ANUNCIADO EN EL MAR MENOR

Por Maite Mompó, directora de la campaña Stop Ecocidio en habla hispana.

Puedes leer un post anterior con más información sobre el Mar Menor y su problemática AQUÍ.

Miles de personas dieron el pasado 28 de agosto un abrazo simbólico al Mar Menor para exigir su recuperación.

Cientos de miles de peces y de otros animales marinos han arribado sin vida a las orillas de la mayor laguna salada de Europa durante varios días consecutivos. Es la tercera gran mortandad que se ha producido en cinco años. La tragedia ha vuelto a romper el corazón de millones de personas que ven con dolor cómo la negligencia administrativa y la falta de respeto hacia la vida de un puñado de personas prevalecen sobre la lógica de la supervivencia general y sobre la lógica del amor por el maravilloso entorno natural que te rodea.

Este nuevo capítulo de la historia del Mar Menor se ha descrito como un ecocidio. Creo que es importante matizar esto: más que constituir un ecocidio en sí, lo que ha sucedido es el resultado de un ecocidio que comenzó su andadura hace décadas. La tragedia ha sido anunciada reiteradamente por los medios y denunciada ante la justicia desde sus inicios, pero ni una cosa ni la otra han impedido que suceda.

Y, ¿por qué se puede considerar un ecocidio? Hay muchos tipos de ecocidio. Algunos se producen de forma puntual (por ejemplo, el desastre causado por el Prestige), pero lo más común es que se trate de una destrucción de la naturaleza que se desarrolla durante un periodo de tiempo que abarca años. El Mar Menor encuadra dentro del segundo grupo. 

Desde el pasado junio, contamos con una definición jurídica de Ecocidio, realizada por un panel de expertos independientes. Se trata de una propuesta hacia los Estados Parte de la Corte Penal Internacional  para que la destrucción masiva de la naturaleza se convierta en el quinto crimen del Estatuto de Roma, el documento que rige este tribunal que juzga los delitos más graves que se pueden cometer. Según estos juristas, se entenderá por “ecocidio” ‘cualquier acto ilícito o arbitrario perpetrado a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que cause daños graves que sean extensos o duraderos al medioambiente’.

Extrapolando la definición jurídica al ecocidio del Mar Menor, podríamos decir que este ecocidio se nutre de una sucesión de actos ilegales (desde la construcción de pozos y viviendas ilegales a los vertidos tóxicos y peligrosos de origen diverso) y arbitrarios (tanto los particulares beneficiados como la administración han hecho caso omiso de los daños que se iban a producir y que claramente son excesivos en relación con la ventaja social o económica producidas, a todas luces limitadas y cortoplacistas). Además, estos actos han sido realizados con pleno conocimiento de que se producirían daños muy graves a la laguna a la que inevitablemente han ido a parar los vertidos de una agricultura de regadío basada en abonos, agrotóxicos y aguas salobres, de las minas abandonadas sin sellarse, de las industrias altamente peligrosas y de las viviendas turísticas. Los daños producidos no sólo son extensos (la contaminación por vertidos afecta a la totalidad de la laguna, una albufera de 135 km² que cuenta con 73 km de costa aplastada por cemento, ladrillo y hormigón en su casi totalidad y que está conectada con el Mediterráneo), sino que además son duraderos (gran parte del daño causado es irreversible y se van a necesitar muchos años para que se pueda regenerar lo no irreversible).

El panorama es realmente desolador. El Mar Menor, uno de los espacios naturales más importantes con los que contaba Europa, es ahora un ecosistema gravemente herido al que la Administración ha condenado a muerte por el beneficio económico de unos pocos. Decía Félix Rodríguez de la Fuente que las decisiones que afectan a la naturaleza las tienen que tomar científicos y no políticos… Le faltó añadir que tampoco estas decisiones se han de dejar en manos de empresarios. Cuando a un entorno natural se le conceden figuras de protección especial (el Mar Menor tiene unas cuantas), no se puede contemplar únicamente el lugar en sí sino que hay que cuidar el entorno que lo rodea puesto que todo está interconectado. En este caso, la conexión entre los vertidos que se originan en valle del Campo de Cartagena y la contaminación de la laguna es evidentemente directa.

La campaña internacional Stop Ecocidio quiere convertir hechos como estos en crímenes internacionales para así proteger las bases de la vida en todo el planeta. Cuando destruir valiosos ecosistemas sea ilegal, se podrán evitar y detener situaciones como la del Mar Menor. Pero mientras conseguimos este objetivo, hay que actuar para mantener vivo este ecosistema único. Dotarle de personalidad jurídica puede ser una manera de conseguirlo y por eso apoyamos la Iniciativa Legislativa Popular que persigue este fin. Se necesitan 500.000 firmas a mano y ya queda sólo un mes para ello así que, si quieres colaborar en la recogida de firmas, infórmate en https://www.marmenorpersona.legal/. Unámonos para que los políticos por fin se comprometan y legislen a nivel nacional para una protección efectiva del Mar Menor. 

#MarMenorSinEcocidio

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Ursula Lopez Moreira Ursula Lopez Moreira

Maite Mompó, Directora de la campaña Stop Ecocidio en habla hispana, participó en una importante reunión en defensa del Mar Menor, junto a representantes de todas las asociaciones que están tratando desesperadamente de poner fin a un crimen continuado ejecutado sobre uno de los ecosistemas más relevantes no ya de la península ibérica sino de todo el continente.

QUEREMOS UN MAR MENOR SIN ECOCIDIO

Por Maite Mompó, directora de la campaña Stop Ecocidio en habla hispana.

Maite Mompó, Directora de la campaña Stop Ecocidio en habla hispana durante el evento.

El pasado miércoles 2 de septiembre, participé en una importante reunión que se celebró en una terraza sobre las aguas del Mar Menor.
Allí me encontré con representantes de todas las asociaciones que están tratando desesperadamente de poner fin a un crimen continuado ejecutado sobre uno de los ecosistemas más relevantes no ya de la península ibérica sino de todo el continente. El lugar del crimen es el Mar Menor. El crimen del que hablamos tiene un nombre indiscutible: ecocidio.
Lo que ha ocurrido en el Mar Menor, la mayor laguna salada de Europa, es el paradigma de lo que puede llegar a suceder cuando no existe una ley que, de forma efectiva, prohíbe causar daños graves a los tesoros naturales, una ley que evitara que estos daños pudieran llegar a originar la destrucción de los mismos. Asistimos a las consecuencias del establecimiento de la impunidad ante la impotencia de aquellos que han tratado de parar el crimen pero que no lo han conseguido, pues sus denuncias y protestas se estampan contra el muro de la corrupción y la priorización absoluta del beneficio económico. El deber de cuidado hacia la Madre Tierra se ha desatendido de forma alarmante. Urge un cambio radical y este cambio sólo puede tener lugar a través de una ley superior.


Tratándose claramente de un ecosistema único, al Mar Menor se le dotó de varias figuras importantes, nacionales e internacionales (1), que resaltaban la necesidad de cuidarlo por su alto valor ecológico.
Sin embargo, ninguno de estos títulos, ni tan siquiera la suma de todos ellos, ha servido para detener el daño, ya que se han convertido en meras declaraciones de bonitas intenciones vacías de protección legal efectiva. Y aunque en 1987 se lograra aprobar una ley específica para su protección (2), esta ley fue objeto de recursos que hicieron imposible su aplicación hasta que, en 2001, el cambio de poder en el gobierno la derogó y enterró definitivamente. Si esa ley se hubiera aplicado y siguiera en vigor, la situación actual de la laguna sería totalmente diferente.


Me gustaría que cerraras los ojos e imaginaras cómo era la laguna el año en que yo nací, 1967. La mayor parte del terreno que circunda la laguna se compone de árboles, arbustos y vegetación baja.
La franja de La Manga, que hace de barrera entre el mar Mediterráneo y el Mar Menor, es un extenso arenal que une las dos orillas, utilizando las tortugas bobas la orilla del gran mar para desovar. Un gran número de aves migratorias y acuáticas descansan y se alimentan en la laguna y en los grandes humedales que la rodean. En sus orillas se divisan los edificios de balnearios y la gente acude al lugar para mejorar la salud, pues sus aguas están colmadas de beneficiosas sales minerales. Darte un baño en estas cálidas aguas te hace sentir mejor. Nos sumergimos con las gafas de buceo y ante nuestros ojos aparecen caballitos de mar, anémonas, cangrejillos, quisquillas, moluscos y caracolas,
y nos vemos rodeados de decenas de peces de formas, colores y tamaños diferentes. Las aguas cristalinas nos dejan ver un fondo cubierto de plantas y algas que sirven de alimento y refugio al resto de especies en un entorno lleno de vida. Incluso de un sólo tipo de pez – el mújol – encontramos hasta 7 especies diferentes.

Esto era el Mar Menor hace unos 50 años. A lo largo de estos años, se han venido sumando las agresiones, de las cuales sólo voy a citar las más importantes (y dejando de lado la Manga del Mar Menor, uno de los mayores atentados ecológicos de España, que merece un capítulo aparte): en 1973, por los intereses de un puerto deportivo privado, se dragó y amplió un canal de unión entre los dos mares que produjo la alteración radical de sus índices de salinidad y temperatura impactando gravemente en el ecosistema y provocando la entrada de especies invasoras; la laguna sigue recibiendo sedimentos procedentes de minas cerradas hace tiempo (que portan peligrosos metales pesados y elementos radiactivos); la deforestación de los terrenos que la circundan ha sido generalizada debido a una voraz especulación urbanística (en muchos casos sin licencias y vertiendo sus aguas residuales directamente o indirectamente a la laguna); el cambio de agricultura de secano a agricultura intensiva en el valle circundante ha supuesto la proliferación de desaladoras además de una gran contaminación por agrotóxicos y por exceso de nutrientes lo cual ha originado procesos de eutrofización (y así, en 2016, un enorme crecimiento de fitoplancton creó una “sopa verde” que impidió que la luz llegara al fondo y el 85% de sus praderas marinas murieron); la constante alteración de sus condiciones naturales para adecuarse a los requerimientos de un turismo que busca playas tropicales; la contaminación por hidrocarburos de las numerosas motoras y motos de agua...


Dentro de un mes será el primer aniversario de la gran tragedia... Unas fuertes lluvias, sumadas a todo lo descrito, fueron el detonante de un fenómeno conocido como anoxia (falta de oxígeno) y, en consecuencia, un maloliente Mar Menor vomitó alrededor de 3 millones de peces y moluscos muertos. Estamos de luto. Ahora las banderas que ondean desde muchas casas y edificios son negras con la figura blanca de un caballito de mar (3), animal utilizado como símbolo del paraíso natural que este pequeño gran mar era.

Aún hay esperanza de que la situación revierta. La presión ciudadana puede hacer que los políticos comiencen a tomar decisiones correctas pero... ¡No va a ser suficiente si no se tiene el peso de la ley al costado! Por ello, hace una semana nos reunimos personas provenientes de diversas asociaciones, organizaciones y movimientos ciudadanos (Pacto por el Mar Menor, Asociación Hippocampus, Ecologistas en Acción, Anse, Greenpeace, Queremos un Mar Menor Vivo y Extinction Rebellion) para ver cómo podemos detener la locura, parar la destrucción, comenzar la protección efectiva de la vida en el Mar Menor. Para conseguir esto, necesitamos una ley superior que salte la barrera de los poderosos intereses locales y sus corruptelas y haga prevalecer el valor de la vida sobre el valor del dinero. Para detener el ecocidio del Mar Menor es imperativo que el crimen de ecocidio entre a formar parte de los crímenes universales, los llamados Crímenes Contra la Paz (el genocidio, los crímenes de guerra, los crímenes de lesa humanidad y el crimen de agresión). Cuando esto suceda, cuando se prohíba causar daño a los ecosistemas, tendremos la herramienta para cambiar el curso de la historia, pues evitará que se produzcan nuevos ecocidios y permitirá que todos los ecocidios que están sucediendo lleguen a su fin, incluyendo el del Mar Menor. Todos los asistentes estuvieron de acuerdo en esto y por ello vamos a apoyarnos mutuamente. Todos juntos conseguiremos un #MarMenorSinEcocidio.


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(1) Figuras de protección: Declaración de Parque Natural, Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), y “espacio natural protegido” en enclaves específicos. Naciones Unidas designó tanto la laguna como sus humedales periféricos como Zona Especialmente Protegida de Importancia para el Mediterráneo (Convenio de Barcelona) y además se trata del humedal RAMSAR número 706 formando así parte de los humedales de importancia internacional, especialmente como hábitats de aves acuáticas.
(2) La ley 3/1987, de 23 de abril, de Protección y Armonización de Usos del Mar Menor.
(3) La población de caballito de mar se redujo en más de un 90 % entre 2012 y 2018 y la situación es aún más alarmante en la actualidad (según los datos de muestreo de la Asociación Hippocampus)

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